excedencia y la guarderia
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excedencia y la guarderia
hola me llamo raul y tengo una duda, actual mente he solicitado una excedencia por cuidado de hijo desde el mes junio al mes de diciembre,en el mes de sept cogieron a mi niña en la guardería. mi pregunte es ¿tengo algún tipo de riesgo por que mi hija este ne la guardería y yo de excedencia?
gracias me llamo raul y soy de soria
gracias me llamo raul y soy de soria
Invitado- Invitado
Re: excedencia y la guarderia
Kaixo,
Legalmente la excedencia por cuidado de hijos/as y familiares, no va ligada a que uno no pueda separarse de la persona que cuida. Es decir, puedes perfectamente llevar a tu hija a la guardería y estar de excedencia.
Lo que sí puedes valorar es si, acudiendo tu hija a la guardería, te merece la pena continuar la excedencia. Porque está contemplado que puedas solicitar tu reincorporación antes de plazo, siempre que avises con cierta antelación.
Vamos que si este tiempo lo vas a dedicar a otras cosas (atención de la casa, formación, incluso trabajar para otra empresa,...) pues mantén los plazos que has solicitado; pero si la plaza en la guardería te facilita la vuelta al trabajo y económicamente te resulta más interesante reincorporarte... pues solicita la reincorporación anticipada.
Espero que te sirva la información, si necesitas ampliar algún detalle dime.
Legalmente la excedencia por cuidado de hijos/as y familiares, no va ligada a que uno no pueda separarse de la persona que cuida. Es decir, puedes perfectamente llevar a tu hija a la guardería y estar de excedencia.
Lo que sí puedes valorar es si, acudiendo tu hija a la guardería, te merece la pena continuar la excedencia. Porque está contemplado que puedas solicitar tu reincorporación antes de plazo, siempre que avises con cierta antelación.
Vamos que si este tiempo lo vas a dedicar a otras cosas (atención de la casa, formación, incluso trabajar para otra empresa,...) pues mantén los plazos que has solicitado; pero si la plaza en la guardería te facilita la vuelta al trabajo y económicamente te resulta más interesante reincorporarte... pues solicita la reincorporación anticipada.
Espero que te sirva la información, si necesitas ampliar algún detalle dime.
ammarmat- Nivel 1
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raul
gracias por la respuesta que me a servido de mucho pero tengo una duda.
te cuento tenemos dos niñas una 6 años y la otra de año y tres meses
mi esposa tiene una tienda de golosinas por lo cual no le da mucho tiempo
para estar en casa y por ese motivo he cogido esta excedencia ,ahora como tenemos ala niña
en la guardería, yo no se si me puedo dar de alta en la seguridad social como autónomo colaborador
por que ami esposa se le fue la empleada.
y sino fuera molestia también quisiera añadir algo la excedencia ce me acaba en diciembre
por lo cual estoy pensando solicitar una reducción de media jornada por cuidado de hijo,
la pregunta es ¿si me dan la reducción de jornada yo puedo estar de autónomo colaborador
para esta en la tienda con mi esposa? ¿si la empresa puede tener algún motivo para echarme?
muchas gracias por las respuestas, espero que me aya dejado entender
te cuento tenemos dos niñas una 6 años y la otra de año y tres meses
mi esposa tiene una tienda de golosinas por lo cual no le da mucho tiempo
para estar en casa y por ese motivo he cogido esta excedencia ,ahora como tenemos ala niña
en la guardería, yo no se si me puedo dar de alta en la seguridad social como autónomo colaborador
por que ami esposa se le fue la empleada.
y sino fuera molestia también quisiera añadir algo la excedencia ce me acaba en diciembre
por lo cual estoy pensando solicitar una reducción de media jornada por cuidado de hijo,
la pregunta es ¿si me dan la reducción de jornada yo puedo estar de autónomo colaborador
para esta en la tienda con mi esposa? ¿si la empresa puede tener algún motivo para echarme?
muchas gracias por las respuestas, espero que me aya dejado entender
Invitado- Invitado
Re: excedencia y la guarderia
Kaixo,
En el periodo de excedencia puedes trabajar, bien como autónomo, bien que una empresa te contrate.
Se entiende que lo que tú haces durante tu periodo de excedencia lo llevas a cabo porque te facilita tu conciliación familiar, que es para lo que uno solicita la excedencia.
Es decir, yo pido una excedencia para cuidado de los hijos menores de tres años y, en ese periodo, trabajo en una empresa que está más cerca de mi casa o de la guardería, que tiene un horario que concilia mejor con mi vida, que ... lo que sea.
La empresa de origen no tiene por qué opinar sobre lo que tú haces en el periodo de excedencia, su única premisa es que avises de tu reincorporación en el plazo establecido.
Evidentemente y tal y como están los tiempos que corren, según cómo sea el carácter de la gerencia de tu empresa, pues garantías garantías... no las tiene nadie.
Pero si al querer reincorporarte te despidieran, sería improcedente. Si al incorporarte pidieras la reducción de jornada por hijos a cargo y te despidieran, sería improcedente.
Espero que sea de ayuda.
En el periodo de excedencia puedes trabajar, bien como autónomo, bien que una empresa te contrate.
Se entiende que lo que tú haces durante tu periodo de excedencia lo llevas a cabo porque te facilita tu conciliación familiar, que es para lo que uno solicita la excedencia.
Es decir, yo pido una excedencia para cuidado de los hijos menores de tres años y, en ese periodo, trabajo en una empresa que está más cerca de mi casa o de la guardería, que tiene un horario que concilia mejor con mi vida, que ... lo que sea.
La empresa de origen no tiene por qué opinar sobre lo que tú haces en el periodo de excedencia, su única premisa es que avises de tu reincorporación en el plazo establecido.
Evidentemente y tal y como están los tiempos que corren, según cómo sea el carácter de la gerencia de tu empresa, pues garantías garantías... no las tiene nadie.
Pero si al querer reincorporarte te despidieran, sería improcedente. Si al incorporarte pidieras la reducción de jornada por hijos a cargo y te despidieran, sería improcedente.
Espero que sea de ayuda.
ammarmat- Nivel 1
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Re: excedencia y la guarderia
Una cosa no es lo mismo excedencia por cuidado de hijos que la excedencia personal.
La excedencia por cuidado de hijos es especial, porque se supone que es para cuidarlos.
A lo mejor si se puede trabajar si el horario es compatible con su cuidado. En mi excedencia por cuidado recuerdo que me dijeron que con ella no podía trabajar.
La excedencia por cuidado de hijos es especial, porque se supone que es para cuidarlos.
A lo mejor si se puede trabajar si el horario es compatible con su cuidado. En mi excedencia por cuidado recuerdo que me dijeron que con ella no podía trabajar.
Ana María- Nivel 1
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Re: excedencia y la guarderia
Kaixo,
Como explicaba, se puede trabajar siempre que se pueda argumentar que ese trabajo es más conciliador que aquel en el que se pide la excedencia.
Por ejemplo:
Un horario más adaptado a la guardería.
Un lugar de trabajo más cercano.
Una opción de teletrabajo.
Una empresa con guardería propia.
...
Evidentemente, si pido la excedencia en un trabajo que está en mi ciudad y me voy a trabajar a la provincia de al lado... la empresa de origen estaría en su derecho de no readmitirme.
Como explicaba, se puede trabajar siempre que se pueda argumentar que ese trabajo es más conciliador que aquel en el que se pide la excedencia.
Por ejemplo:
Un horario más adaptado a la guardería.
Un lugar de trabajo más cercano.
Una opción de teletrabajo.
Una empresa con guardería propia.
...
Evidentemente, si pido la excedencia en un trabajo que está en mi ciudad y me voy a trabajar a la provincia de al lado... la empresa de origen estaría en su derecho de no readmitirme.
ammarmat- Nivel 1
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